Comunicado oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana informa que mediante Acuerdo Interministerial No. 0000005, de 17 de marzo de 2020, el Gobierno del Ecuador, en ejercicio de su soberanía y en consonancia con los principios de política migratoria que propugnan una migración segura, ordenada y regular, que garantice la protección de los derechos, seguridad y bienestar de las personas en movilidad humana y de la población de acogida, estableció el requisito de visado, previo al ingreso al país, a los ciudadanos de Egipto, Filipinas, Irán, Vietnam y Yemen.
El Acuerdo Interministerial fue suscrito en conjunto por el Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, José Valencia, y por la Ministra de Gobierno, María Paula Romo, y entra en vigencia a partir de hoy, viernes 27 de marzo de 2020, fecha en que se publica en el Registro Oficial.
Con estas cinco nacionalidades, el régimen especial de países a los cuales el Ecuador requiere visado asciende a 29: Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Corea del Norte, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Guinea, India, Irak, Irán, Kenia, Libia, Nepal, Nigeria, Pakistán, República Democrática del Congo, Senegal, Siria, Somalia, Sri Lanka, Venezuela, Vietnam y Yemen.
Para el caso de personas procedentes de Haití, el visado no constituye requisito para ingreso a territorio ecuatoriano en actividades turísticas, sin embargo es indispensable cumplir con el procedimiento de registro turístico en la página web: www.consuladovitual.gob.ec .