Empleado perjudicó a una empresa de seguros en 70.339 dólares

Quito.- Tribunal de Garantías Penales sentenció a siete años de pena privativa de libertad a Jonathan Gabriel J., como autor del delito de estafa: perjudicó a una empresa de seguros en 70.339 dólares.

El hecho ocurrió en 2016. Jonathan J. y Caren M. laboraban en una empresa de seguros y aprovechando sus cargos en la entidad (jefe de control y ejecutiva comercial, respectivamente), mediante la simulación de solicitudes de reclamo para la devolución del pago de deducible –ingresadas, supuestamente, por los asegurados–, se beneficiaron de los desembolsos que procesó la empresa por ese concepto.

De acuerdo con un informe de la Fiscalía, el 30 de noviembre de 2016, el Gerente de la empresa de seguros denunció en Fiscalía este suceso, luego de que una auditoría interna –practicada entre diciembre de 2015 y noviembre de 2016– alertó sobre las transacciones irregulares.

En la audiencia de juzgamiento, la Fiscal del caso presentó como pruebas: el informe pericial de documentología, que determinó que los beneficiarios de las transferencias por los desembolsos fueron los dos trabajadores de la empresa y el primo hermano del procesado.

A esto se sumaron la pericia contable y la pericia informática, con la cual, Fiscalía explicó que el procesado utilizó veintitrés nombres de personas aseguradas por la empresa para beneficiarse de las devoluciones de los deducibles.

Con esas y otras pruebas quedó demostrado que Jonathan J. recibió estos desembolsos en cuentas de sus familiares, configurándose así su responsabilidad en el delito de estafa.

Los jueces declararon culpable al procesado y también lo sentenciaron al pago de una multa de veinte salarios básicos unificados y la devolución de 35.169 dólares a favor de la empresa. Es decir, la mitad del monto del perjuicio, ya que Caren M. sería la responsable de la estafa de la otra parte del dinero.

Ella también es procesada en esta causa; sin embargo, aún no ha sido localizada por las autoridades, por lo que se mantiene suspensa la audiencia de juzgamiento en su contra.

Información jurídica

Jonathan J. fue sentenciado con base en el artículo 186, inciso primero –en concordancia con el inciso tercero–, del Código Orgánico Integral Penal: […] la persona que perjudique a más de dos personas o el monto de su perjuicio sea igual o mayor a cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años”. (I)

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