Sentencia a fisioterapista por abuso sexual a deportista es ratificada

La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay ratificó que el fisioterapista Luis Alberto C. deberá cumplir la pena máxima agravada de seis años y ocho meses de privación de libertad por su autoría en el delito de abuso sexual cometido contra una deportista de 15 años.

La Sala confirmó en su resolución que resalta que la prueba testimonial, pericial y documental presentada por Fiscalía ante el Tribunal Penal de primera instancia que demostró los hechos relatados. Por esta razón, los jueces rechazaron el recurso de apelación interpuesto por el sentenciado.

La Fiscalía, en un comunicado emitido este miércoles 9 de agosto de 2023, informó que el sentenciado deberá cancelar 2.000 dólares para el tratamiento psicológico a la víctima.

Hechos

La teoría del caso, confirmada en la audiencia, señala que la adolescente de 15 años –a la fecha de los hechos– sufrió una lesión en el codo mientras practicaba judo, por lo que fue remitida al Complejo Polideportivo de Totoracocha, de Cuenca, para que reciba fisioterapia con Luis Alberto C.

Alrededor de las 08:00 del 19 de junio de 2021, los padres dejaron a la adolescente en este lugar para que sea atendida.

Luis Alberto C. inició las terapias de rehabilitación y luego de unos minutos la llamó a una habitación para compartirle alimentos.

La adolescente se negó, pero ante la insistencia del fisioterapista, aceptó e ingresó a la habitación. Luis Alberto C. se sentó a su lado y, mientras se encontraban comiendo, cometió el delito. La víctima se quedó paralizada por lo que sucedía.

El ahora sentenciado tenía que atender a otra paciente y salió de la habitación, diciéndole que a su regreso continuarán con lo que debían hacer. Este momento fue aprovechado por la víctima para salir del lugar hasta una tienda y realizar una llamada a sus padres, desde un teléfono público, para pedirles que vayan por ella.

En audiencia de apelación, la titular de la Fiscalía Especializada en Violencia de Género Nro. 1 de Cuenca, enumeró y expuso las pruebas que demuestran los hechos, como: la reproducción del testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de su mamá, de la dueña de la tienda donde la víctima pidió el teléfono, del psicólogo, médico-legista y trabajadora social, que practicaron las valoraciones a la víctima.

Entre la prueba documental se presentó oficios de la Junta Cantonal de Protección de Derechos, en los que se emiten medidas de protección a favor de la víctima. Así también, documentación de la Federación Deportiva de Azuay, respecto a la relación laboral del sentenciado en cuanto al deporte que practica la adolescente.

Información jurídica

Luis Alberto C. fue sentenciado según el artículo 170, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de abuso sexual con privación de libertad de tres a cinco años. La pena se incrementó porque se consideraron las circunstancias agravantes de la infracción.

REM

REDACCION EL MERCURIO

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