Impunidad y asilo       

El Asilo es una institución que debe ser respetada y ejercida con sujeción a la normativa internacional que excluye a los delincuentes comunes del tal beneficio, exclusivo para los perseguidos políticos o por sus acciones correlativas y que no procede cuando los imputados han sido sancionados con sentencias en firme, tal el caso del sentenciado Jorge Glas.

Una realidad coludida entre mafias, sectores políticos y de la administración pública, exige la necesidad imperiosa de garantizar la seguridad jurídica de los ecuatorianos, amenazada cotidianamente por la impunidad delincuencial.   

Por eso el gobierno ha emprendido la misión de erradicar la corrupción y restablecer en su plenitud la confianza ciudadana en las instituciones democráticas, siendo el caso su decisión de capturar a un procesado con dos sentencias ejecutoriadas ante su premeditada fuga al amparo de un írrito asilo, mismo que se concede pese a las pruebas procesales en su contra y que fueron debidamente presentadas al cumplir las normas internacionales de las convenciones de Viena, Caracas y Montevideo.

 Pero un cuadro del absurdo invierte los cánones y hace del asilo un medio sacralizado en beneficio de la impunidad.

Recordemos que México concedió asilo a quienes ya fueron sentenciados por la justicia y otros que oportunamente salieron del Ecuador. Esa es una realidad que no se debe soslayar.

Entonces fluye que los gobiernos, la ONU y la OEA deben recordar a México que cumpla las normas internacionales en el marco del respeto a las condiciones causales que debe honrar todo estado asilante.   

 El Derecho es y debe ser claro y preciso sin otro interés que el primado de la justicia, la cual se pierde, cuando subyace la infiltración de la delincuencia como son los casos de los acontecimientos nefastos que lo demuestran.

Hoy, ante las circunstancias adversas, le corresponde a Ecuador defender en los Tribunales de Justicia Internacional su proceder y con absoluta firmeza afianzar la lucha contra la corrupción. (O)

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