Consulta popular: pregunta 9 busca tipificar el uso de armas de uso de la Policía y FF.AA.

Esta es la novena edición del análisis de las 11 preguntas que tiene el Referéndum y Consulta Popular 2024, que se cumplirá este domingo 21 de abril. Con esta se busca mayor sanción para porte de armas policiales y militares.

La pregunta nueve dice: ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) o la Policía Nacional…?

En el anexo de esta interrogante consta que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) no diferencia de otros delitos a la tenencia y porte de armas que son de uso privativo de las FF.AA. y Policía Nacional.

También figura que en Ecuador entre el año 2020 y 2023 se incautaron 4.597 armas de uso privativo de las FF.AA., y de uso exclusivo de la Policía Nacional.

Asimismo, en el anexo se cita que hay un aumento en el índice de incautaciones por año. En 2020 fueron 823; en 2021: 1.041, en 2022: 1.200; y en 2023: 1.442.

Igualmente consta que, si es que la población aprueba esta pregunta, el Presidente de la República en el plazo máximo de cinco días posteriores a la publicación de los resultados, remitirá un proyecto de ley reformatoria al COIP.

Además: “la Asamblea Nacional contará con el plazo máximo de 60 días para debatir y aprobar la reforma legal, conforme el trámite previsto en la ley de la materia”.

Muchas armas salen de cuartes militares y policiales

Rómulo Montalvo, coronel en estado pasivo de la Policía Nacional y exdirector del Consejo de Seguridad Ciudadana (CSC) de Cuenca está de acuerdo con esta tipificación.

“Nos hemos dado cuenta que a veces la mayor cantidad de municiones o armas salen a veces de los cuarteles militares y policiales, pues estas municiones y armas están registradas…”, señaló.

Acotó: “esto ayudará a mejorar incluso el tema del control y va a evitar este tipo de robo de los rastrillos de armas y municiones. Entonces las personas responsables de estos tendrán sancionados más drásticamente…”.

Para Montalvo, incluso esta tipificación puede ser un elemento disuasivo para quienes están encargados de los almacenes de armas y municiones de policías y militares, para que cedan ante la delincuencia.

Cree que esto asimismo ayudará a enfrentar a las organizaciones criminales que generalmente son las que más utilizan armas de dotación policial y militar, que son de alta potencia.

Tipificación actual es suficiente para sancionar el porte de armas

En cambio, para Gustavo Quito, abogado penalista, es suficiente la tipificación actual respecto al uso y porte de armas de fuego, que representa una pena de tres a cinco años de cárcel.

“Yo pongo un ejemplo, si le dicen a usted que si mata con un cuchillo tiene una pena menor, pero si mata con un revólver tiene una pena mayor, entonces solo mata con cuchillo, pero igual está matando…”, dijo.

Añadió: “si a usted le dicen que si anda a llevar armas del ejército allí si se va preso, pero si usted lleva armas que no son del ejército incluso no le puede nada, entonces es ilógico…”.

Concluye que con esto los delincuentes evitarán llevar armas de este tipo policial y militar, pero esto no detendrá el porte y tenencia ilegal de armas, sino más bien incentivará el contrabando.

Para Quito se tiene que prohibir el uso y porte de todas las armas de fuego, sin importar que sean de uso policial, militar o común, pues todas representan peligro en manos de criminales.

Este jurista cree que preguntas como estas no ayudan a combatir la inseguridad ni a reducir los actos delictivos, sino que se trata de una estrategia política del Ejecutivo.

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