Reformar la Constitución

Pese a ser considerada como la norma suprema del ordenamiento jurídico y entenderse como el pacto de convivencia en el que se establece el modelo del Estado y se reconoce el catálogo de derechos, el Ecuador ha mantenido la constante de ser laxo respecto a enmiendas y reformas de su Constitución.

En menos de 16 años de vigencia, ha recibido decenas de propuestas para su enmienda y reforma. Muestra de ello es que, en las últimas semanas el propio presidente de la República ha mostrado su interés en dos cambios.

El primero, relativo a la reforma del art. 5, el cual estableció la prohibición del establecimiento de instalaciones extranjeras en territorio ecuatoriano con propósitos militares. El cambio busca revivir experiencias de inicios del siglo, como las de la “Base de Manta” (Eloy Alfaro), para colaborar en la lucha contra la delincuencia organizada.

Y la segunda, que se refiere al sistema de financiamiento mixto de movimientos y partidos políticos (arts. 110 y 115). El cual a la fecha permite que se sustente tanto a través de los aportes de sus afiliados y simpatizantes, pero sobre todo con asignaciones estatales. La reforma propuesta eliminaría la entrega de valores del erario nacional.

La propia Constitución de 2008, estableció a partir del capítulo tercero del título IX, sus mecanismos para enmienda y reforma parcial. Por ende, más allá de las intenciones del Ejecutivo, el rol que tiene la Corte Constitucional como garante de la norma fundamental es de gran importancia, sobre todo para establecer cuál es el camino que debe seguir esta iniciativa.

Sin embargo, desde esta columna nos preguntamos sí las propuestas de las últimas semanas resolverán los problemas profundos que mantiene el país relativos a: inseguridad, reactivación económica y falta de empleo, o en su defecto, intentan convertirse en distractores de la realidad nacional. (O)

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