Consulta Popular: extradición, ¿salida o riesgo para el país?

Pregunta 1:

La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes.

¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 1?

Anexo

Enmiéndese el artículo 79 de la Constitución de la República del Ecuador, para que este diga:

Art. 79.- No se concederá la extradición de una ecuatoriana o ecuatoriano, su juzgamiento se sujetará a las leyes del Ecuador, excepto para los delitos relacionados con el crimen organizado transaccional como el tráfico de drogas, tráfico de armas, trata de personas, blanqueo del producto del delito.

Los procesos de extradición respetarán los derechos y garantías, y se efectuarán de conformidad con lo previsto en los tratados internacionales ratificados por el Ecuador. No procederá la extradición en los siguientes casos:

1. Cuando la solicitud de extradición se haya presentado con el fin de perseguir o sancionar a una persona por razón de su sexo, raza, religión, nacionalidad, origen étnico, ideología u opiniones políticas.

2. Si existen razones fundadas para creer que la persona extraditada estaría en peligro de ser sometida a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Extracción, una salida, pues la justicia ecuatoriana no es confiable

Rubén Calle, doctor en jurisprudencia y expresidente del Colegio de Abogados del Azuay (CAA)

La frase

“Tiene que determinarse específicamente las condiciones y en qué delitos se aplicará la extradición. Luego debe reglamentarse a través de convenios internacionales los proceso de extradición”.

“Es un tema que se lo ha discutido sustentado en la soberanía de la legislación local y en el derecho de los ecuatorianos a ser juzgados por el juez competente y propio llamémoslo así, es decir, el juez que le corresponda…”, dijo Rubén Calle.

Y agregó: “la extradición estaría yéndose en contra de este principio, porque implica que sea juzgado por un juez del extranjero, entonces esta ha sido la discusión para que en la Constitución del Ecuador no se establezca la extradición”.

Calle señaló que el narcotráfico, lavado de activos y corrupción se han vuelto delitos transnacionales y eso ha hecho que muchas legislaciones hayan sido cambiadas en cuanto al criterio para poder juzgar y sancionarlos.

“Entonces la extradición sería una de las posibilidades cuando en el propio país, en este caso Ecuador, no se sanciona a los narcotráficantes ni a quienes están envueltos en actos de corrupción…”, precisó.

Más bien han sido jueces de Estados Unidos (EE.UU) los que han investigado y determinado y hasta sancionado a ecuatorianos que han estado involucrados en corrupción, lavado de activos y narcotráfico.

“Entonces esto hace ver este momento como una necesidad para el país y que estaría siendo pertinente porque la justicia ecuatoriana lamentablemente ya no es confiable para perseguir y sancionar estos delitos…”, manifestó.

Para Calle la extradición debe quedar establecida en qué casos se puede dar, como por ejemplo, en el lavado de activos, pues muchos delincuentes sacan el dinero que roban en sus países para ponerlos en otros y así ocultarlos.

Este jurisconsulto precisó que para evitar que la extradición sea usada como una herramienta de persecución política deben quedar claramente establecidos los casos en los que se puede aplicar.

La extradición puede resultar un riesgo

Cristian Castillo, máster en Gobierno y Administracion Publica y catedrático de la Universidad del Azuay (UDA).

La frase

“Por desgracia la extradición es un problema dado como se ha comportado el sistema de justicia en los últimos tiempos. Ciudadanos como usted o como yo por pensar diferente podemos ser acusados de vínculos con el narcotráfico…”.

“En un paneo general es una pregunta que es innecesaria y que como la está presentando no es la solución hacia los problemas de inseguridad ocasionados por el crimen organizado…”, dijo Cristian Castillo.

“No puedo encontrar ni de manera subjetiva y peor con datos una correlación entre esa extradicción de narcotraficantes ecuatorianos y la disminución de la violencia asociada a lo que ocasiona el crimen organizado, vinculado al narcotráfico”.

Para Castillo esta propuesta asume de plano que “el Estado ecuatoriano ya no es un Estado y que como ya no es un Estado es incapaz de ejercer justicia ante los delitos que ocasionan sus conciudadanos”.

A criterio de Castillo igualmente con este planteamiento se reconoce taxativamente que otros aparatos del Estado como son los cuerpos de seguridad y organismos de política pública son incapaces de actuar de manera rápida ante un problema.

“Básicamente es el reconocimiento taxativo de que los gobernantes son incapaces de resolver los problemas que tiene el Estado tanto en el aparato de justicia como en el de seguridad, y que prefieren que alguien más les de haciendo…”, dijo.

“Si se mira cómo ha actuado el sistema de justicia ecuatoriana es probable que cualquer persona que tenga una línea ideológica diferente al gobierno actual pudiese ser acusada de vínculos u operación directa con el narcotráfico”, agregó.

Añadió: “de la acusación sin fundamentos al levantamiento de un proceso, como hemos visto en otros casos, hay un paso y por eso creo que esto es un peligro para cualquier ciudadano que opine diferente al gobierno…”.

Acotó: “puede ser que ciudadanos comunes y corrientes, de pronto porque tenemos una opinión diferente nos veamos involucrados en un proceso que devenga en una acusación de pertenecer a bandas delincuenciales o narcotráfico”.

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