Decenas de juristas rechazan suspensión de Verónica Abad

Más de 40 abogados participaron en la audiencia con argumentos en contra de la suspensión de Verónica Abad.

Este 29 de noviembre del 2024, en el Complejo Judicial Norte, de la ciudad de Quito, se llevó a cabo la audiencia en la que se analizó la acción de protección presentada por Verónica Abad, en contra del sumario administrativo con el que se la suspendió laboralmente por 150 días; además del equipo de abogados de la vicepresidenta, más de 40 juristas se unieron al proceso para rechazar la acción del Gobierno.

El amicus curiae (amigo de la corte), es un tercero que presenta documentos y pide intervenir en la audiencia en favor de alguna de las posiciones, en este caso, más de 40 abogados, principalmente constitucionalistas, se sumaron para rechazar el sumario administrativo con el que se suspendió a la vicepresidenta.

Debido a la gran cantidad de abogados que pidieron intervenir en el proceso, la audiencia tuvo que diferirse, estaba prevista para el miércoles 27 de noviembre, pero se trasladó al viernes 29 de noviembre, debido a que la sala quedó pequeña y se solicitó el uso auditorio del Complejo.

La jueza Nubia Vera le otorgó a cada amicus curiae 10 minutos para intervenir; tras ocho horas, la diligencia se suspendió con la participación de casi 20 juristas, restaban 23, los cuales presentarán sus argumentos el 9 de diciembre, cuando se reinstale la diligencia.

¿Qué expusieron los juristas?

La mayoría de los abogados que pidieron intervenir coincidieron en señalar que, cuando la vicepresidenta fue suspendida por Ruth Espinoza, directora de Recursos Sumarios del Ministerio del Trabajo, se cometió una inconstitucionalidad, pues no se puede aplicar una norma menor y administrativa a una autoridad de elección popular.

El Amicus Curiae presentado por el abogado Miguel Molina resumió gran parte de lo que todos los juristas expusieron: la violación de los derechos políticos de Abad debilita el sistema democrático y el estado de derecho; se vulneró el derecho a ser escuchado por un juez competente, el Ministerio del Trabajo no podía sancionar a la vicepresidenta, eso solo le compete a la Asamblea Nacional.

Además, se dejó claro que no se podía sancionar con un recurso administrativo a una autoridad de elección popular; y, que se aplicó violencia política de género en contra de Abad, pues se vulneró el derecho de las mujeres a ocupar espacios de poder político.

Para el constitucionalista José Chalco, tras la audiencia se espera que la jueza del caso actúe conforme a derecho, haciendo respetar que los derechos constitucionales preexisten y no dependen de una coyuntura: por lo que lo lógico es que se deje sin efecto la suspensión inconstitucional aplicada por el Ministerio del Trabajo.

Lo que pide la defensa de Verónica Abad

El equipo de juristas que defienden a Verónica Abad solicitó que se declare que el Ministerio del Trabajo, con la emisión del sumario administrativo, vulneró los derechos políticos de la vicepresidenta, la seguridad jurídica, el derecho al debido proceso y las garantías básicas.

Además, como medidas de reparación integral se pidió que se deje sin efecto la sanción administrativa en contra de Abad y se la archive; además, que se le restituya el cargo.

Como medida de satisfacción se pidió que la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, ofrezca disculpas públicas a la vicepresidenta, a través de un mensaje a la nación.

También se solicitó que todas las autoridades involucradas en el caso reciban un curso, de al menos 100 horas, sobre Teoría del Estado, Estado Constitucional y Garantías Básicas del Debido Proceso, y otro, del mismo tiempo, sobre Persecución Política.

Una sanción que no existe

Un momento incómodo se vivió en la audiencia de acción de protección solicitada por Verónica Abad, cuando por más de 10 minutos la jueza Nubia Vera intentó que el representante del Ministerio del Trabajo le informara cuál era la norma en la que se basaron para sancionar a la vicepresidenta con 150 días de suspensión.

“Doctor, no responde la pregunta, por tercera vez le hago la pregunta, dígame el cuerpo legal”, le insistió la magistrada, sin embargo, no recibió respuesta del abogado del Gobierno.

En su intervención el representante del Ministerio del Trabajo argumentó que la sanción a Abad se basó en los artículos 42 y 43 de la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep), que se aplican cuando un funcionario se ausenta por más de tres días a su lugar de trabajo.

Sin embargo, estos artículos solo contemplan sanciones que inician en un llamado de atención verbal y escalan a una amonestación escrita, una sanción pecuniaria, la suspensión sin derecho a remuneración por un máximo de 90 días y la destitución; los 150 días que se aplicaron no están en la Losep.

Andrea Salazar

Periodista multimedia especializada en temas políticos, judiciales, económicos y de migración con enfoque nacional.

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