Control de salvoconducto y restricción vehicular

Las personas que laboren en sectores estratégicos como provisión de alimentos, salud, servicios básicos, financiero, prensa y sectores de la cadena de exportación y su cadena logística de carga y transporte deben obtener un salvoconducto de uso personal, emitido en la página web del Ministerio de Gobierno: https://www.gob.ec/mdg/tramites/emision-salvoconducto-circulacion-durante-emergencia-sanitaria-covid-19.

Con este documento se excluyen a la restricción vehicular con el número de placa, según el acuerdo ministerial.

Un informe de la Empresa de Movilidad (EMOV EP) de Cuenca detalla que el transporte mixto y de carga liviana en los sectores rurales, también deben usar salvoconducto para movilizar productos de primera necesidad, medicinas y a personas que laboran en los sectores estratégicos mencionados.

Fabián Moscoso, gerente de la EMOV EP, manifiesta que, la persona natural que no pertenece a un sector estratégico, debe circular en su vehículo los días que le permita el último número par o impar de su placa. Además, solo podrán salir a comprar alimentos, medicinas o combustible.

Los de dígito impar podrán salir los lunes, miércoles, viernes y domingo. Los de dígito par y cero, solo los martes, jueves y sábado. Los taxistas serán los únicos que darán transporte todos los días, pero respetando el toque de queda a partir de las 21:00 a 05:00 horas.

En caso de incumplimiento a estas medidas, los agentes de tránsito sancionarán como contravención de segunda clase, según el Código Orgánico Integral Penal, cuyo artículo 387 señala que “se multará con el 50 % de una remuneración básica salarial (200 dólares) y menos 9 puntos de la licencia de conducir”.

El transporte público de buses está suspendido hasta nueva orden. (KOQ)-(I)

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